• La Participación Ciudadana en el Sistema Nacional Anticorrupción

    El Cuaderno de Investigación “La Participación Ciudadana en el Sistema Nacional Anticorrupción”, elaborado por la Lic. Gabriela Vidal Regalado, es producto de una estancia de investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez del
    Senado de la República.
    El objetivo de dicha estancia fue conocer la participación ciudadana en el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), a través del Comité de Participación Ciudadana (CPC). En ese sentido, la autora se enfoca en analizar las facultades legalmente establecidas del propio Comité de Participación para analizar hasta qué nivel de participación son consideradas dentro del propio SNA.

    Para ello, se incluye un marco conceptual de la participación ciudadana, así como los niveles de participación delineados por varios autores.
    Posteriormente, la autora se enfoca a describir, desde la visión legal, el Sistema Nacional Anticorrupción, así como la ubicación del Comité de Participación Ciudadana y su función dentro del SNA. Por último, y como principal aporte de su investigación, presenta las funciones del
    CPC subrayando el nivel de participación que se considera en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA).

    La participación ciudadana en cualquier problema público, incluyendo el de corrupción, debe ser considerada por tomadores de decisiones no sólo como insumo de información y consulta para encontrar la solución a dicho problema, sino como posibilidad de realizar trabajos en conjunto para resolverlo y, claramente, como un instrumento vinculante en la toma de decisiones.

    *Texto Publicado en el documento “La Participación Ciudadana en el Sistema Nacional Anticorrupción” (11 de Abril de 2018)

  • Iniciativas para reformar el marco jurídico del lavado de dinero

    El lavado de dinero es un crimen que opera de forma internacional por el cual la delincuencia organizada disimula sus actividades ilícitas e ingresa dinero de dudosa procedencia en grandes cantidades al sistema financiero internacional, lo que permite a las mafias disponer de recursos en diferentes zonas y así continuar con sus crímenes. Este crimen es muy dañino al comercio al ofrecer precios al consumidor que son muy baratos o que no les interesa competir, ya que a diferencia de otros emprendedores, los blanqueadores únicamente tratan de encubrir sus fechorías y no buscar ganar la confianza de los clientes.

    El blanqueo de capitales es definido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores como “el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de actividades ilegales”.1 Cabe destacar que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita data de octubre de 2012 y a la fecha no ha tenido reforma alguna. En la LXIII Legislatura (septiembre de 2015 a la actualidad) se han presentado tres iniciativas acerca del tema de lavado de dinero, de las cuales una fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F). En tanto, dos están pendientes de ser discutidas y revisadas en la Cámara de origen

    *Texto Publicado en el documento “Iniciativas para reformar el marco jurídico del lavado de dinero” (11 de abril de 2018)