
Una nueva legislación electoral: para ciudadanos*
Aquellas personas que no están dispuestas a pequeñas reformas no estarán nunca en las filas de los hombres que apuestan a los cambios trascendentales
-Mohrandas Karamchand Gandhi
El hombre absurdo es aquél que no cambia jamás
-Anónimo
La semana pasada la Cámara de Senadores aprobó diversas reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materias política y electoral. Se trata de iniciativas de gran calado, pues no sólo fortalecen las condiciones de equidad en las contiendas electorales y las instituciones de planeación participativa, sino que reconocen el derecho de los ciudadanos a tomar decisiones más directas sobre sus autoridades y representantes. En esta colaboración explico, de manera general, las principales características de la reforma electoral; me ocuparé de la reforma política la próxima semana.
Entre las nuevas características de nuestro sistema de elecciones destaca la creación del Instituto Nacional Electoral, INE (que sustituirá al Instituto Federal Electoral); la armonización de la legislación electoral en los estados con base en los principios respectivos establecidos en la Constitución; y nuevas facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para sancionar conductas ilegítimas de partidos y candidatos.
El INE tendrá potestad para organizar las elecciones federales y locales; llevar a cabo actividades de capacitación electoral y cívica; diseñar y determinar los distritos y secciones electorales; consolidar y administrar el registro nacional de electores; señalar la ubicación de las casillas electorales y designar a los funcionarios de casillas; definir los lineamientos, criterios y formatos sobre los resultados preliminares, encuestas y sondeos; y fiscalizar los ingresos y egresos de partidos y candidatos.
El INE estará compuesto por diez consejeros electorales, que durarán 9 años en su encargo, quienes deberán nombrarse a más tardar 120 días después de la entrada en vigor de la reforma. Por mandato de ley, el INE incorporará a los integrantes del servicio electoral del IFE y los institutos electorales locales: con esta medida reconocemos la importancia de su conocimiento y experiencia.
El Instituto Nacional electoral tendrá la facultad de fiscalizar a partidos y candidatos no sólo durante las campañas sino después de éstas. Entre otras causas de nulidad de elecciones se establecen: exceder en más de 5% el límite autorizado de gastos, adquirir tiempos de radio y televisión y cobertura informativa que no se ajusten a la normatividad secundaria y recibir o hacer uso de recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las contiendas electorales.
Resaltan los derechos que la reforma electoral garantiza a los candidatos independientes. se les distribuirá una fracción del 85% de los tiempos de radio y televisión a los que tienen derecho los partidos políticos.
Mención aparte, dentro de la reforma electoral, merece el derecho que a partir de 2018 tendrán los ciudadanos de sancionar, en sentido positivo o negativo, a presidentes municipales, regidores y síndicos, para ser reelectos hasta por un período más (de tres años). El derecho de los ciudadanos a reelegir, por períodos limitados, a sus autoridades y representantes se extenderá a los diputados locales (hasta por 4 períodos, equivalentes a 12 años), los diputados federales (también hasta por 4 Legislaturas) y los senadores (hasta por 2 períodos).
Una lectura correcta de la reelección es verla como el reconocimiento de una garantía que debe pertenecer sólo a los ciudadanos: decidir, con base en trabajo y resultados, quiénes pueden permanecer en su cargo, y -dentro de los límites establecidos en la Constitución- por cuánto tiempo. Este derecho era una deuda histórica con los mexicanos: nuestro sistema político-electoral era, junto con Costa Rica, el único en el mundo que ignoraba esta facultad que sólo corresponde a la gente.
*Artículo publicado originalmente en El Sol de México [diciembre 9, 2013]