Senador Daniel Ávila propone modificaciones a la Ley de Pesca
Octubre 5, 2012
Los Senadores de la República Daniel Ávila Ruiz y Carlos Mendoza Davis, entre otros, suscribieron iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 66 y 68 de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables.
Los legisladores de la Cámara Alta destacaron que la propuesta está encaminada, entre otras cosas, a que en todas las aguas nacionales las especies denominadas marlín, pez vela, pez espada, sábalo o chiro, pez gallo y dorado, en todas sus variedades biológicas, queden destinadas de manera exclusiva para la pesca deportivo-recreativa, quedando prohibida su comercialización en territorio nacional así como su exportación, aún y cuando su captura hubiese sido de manera incidental.
En este sentido, Ávila Ruiz afirmó que es necesario eliminar la franja de 50 millas náuticas que actualmente prevalece como zona de exclusión a la captura comercial de las especies en comento, porque lo existente en el ámbito normativo es disuasorio y se evade fácilmente.
El Senador Ávila agregó que si bien la pesca incidental es común a cualquier pesquería, es urgente establecer criterios de selectividad en la captura. Explicó que aún cuando existe la prohibición de comercializar las especies deportivas, en la práctica éstas siguen bajo amenaza.
La propuesta de reformas establece que el aprovechamiento de los productos pesqueros obtenidos en la captura incidental se sujetará a las normas oficiales que al efecto se expidan, salvo lo previsto en esta Ley para la pesca deportivo-recreativa, y que su aprovechamiento deberá reservarse para instituciones u organismos públicos, organizaciones sin fines de lucro o instituciones de asistencia pública o privada que atiendan necesidades alimentarias de población de escasos recursos.