• Periodos ordinarios de sesiones en perspectiva comparada

    El presente documento tiene como objetivo abordar el diseño institucional del Congreso mexicano en relación con los periodos ordinarios de sesiones desde una perspectiva comparada. Para ello, el texto se divide en los siguientes apartados: primero, se describe el diseño vigente, así como su evolución histórica; posteriormente, se compara la normativa de 18 países de América Latina y se analiza lo propio sobre los Congresos estatales mexicanos. Finalmente, se esquematizan las iniciativas que sobre el tema se han presentado en el Poder Legislativo mexicano durante los últimos años.

    • El Congreso mexicano desarrolla sus funciones anualmente en dos periodos de sesiones ordinarias. El primer periodo arranca el 1° de septiembre y termina el 15 de diciembre, mientras que el segundo periodo va del 1° de febrero al 30 de 2017.
    • De acuerdo con la reforma político-electoral de 2014, a partir del año 2024 el Presidente del Ejecutivo tomará protesta el 1° de octubre, en cuyo caso, el Congreso se reunirá del 1° de agosto al 31 de diciembre; y del 1° de febrero al 30 de abril para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.
    • Durante los recesos entre los periodos ordinarios de sesiones el Congreso de la Unión sigue funcionando. Sin embargo, su poder y autoridad residen en la Comisión Permanente.
    • En nuestro país ha prevalecido la organización del Congreso a partir de dos periodos ordinarios por año legislativo en los diferentes textos constitucionales adoptados históricamente. Sin embargo, durante la Constitución de 1824, así como el texto original de la Constitución de 1917 se adoptó únicamente un periodo de sesiones.
    • En América Latina es posible encontrar casos como el chileno donde los periodos ordinarios de sesiones duran cuatro meses por año, mientras que en Bolivia el calendario legislativo ordinario anual asciende a 11 meses.
    • Los diseños institucionales de los Congresos locales mexicanos varían en el número de periodos a partir de los cuales se organizan sus sesiones ordinarias (entre 2 y 3), en las fechas de inicio y término  de los mismos, así como su concurrencia con los periodos ordinarios del Congreso Federal.
    • Durante lo que va de LXIII Legislatura (2015-2017) se han presentado ocho iniciativas en relación con reformas a los artículos 65 y 66 de la Constitución, mismos que regulan los periodos ordinarios de sesiones legislativas.

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    *Texto publicado en Periodos ordinarios de sesiones en perspectiva comparada [abril de 2017]

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